Cunden
los Conflictos Universitarios
Desde hace un mes y medio diversas movilizaciones han conmocionado y
alterado la normalidad en algunas universidades del país. ¿Cómo
partió todo? Recordemos que la elección de decano en la Facultad
de Derecho de la Universidad de Chile no se pudo realizar, debido a la toma
del establecimiento por parte de algunos alumnos. La toma finalizó
al acceder las autoridades universitarias a las peticiones del alumnado,
que en ese momento consistían en la postergación de la elección
con el fin de realizar una evaluación de académicos que permitiera
ampliar el número de profesores titulares, únicos habilitados
para ser candidatos a decano. Luego de esto, al nombrar vicedecano subrogante
no acogiéndose la propuesta del Consejo Universitario, reaccionaron
también algunos académicos, presentando un recurso de protección
contra el rector por no llamar a elecciones, a lo que se sumó por
último el problema con los funcionarios, quienes criticaron la incapacidad
del rector.
Como consecuencia de los "buenos resultados"
obtenidos por los alumnos en la toma de la facultad de Derecho - que establece
un precedente negativo al validar la toma como medio eficaz para conseguir
lo que se pretende- se han seguido produciendo reacciones similares en diversas
facultades de la Universidad de Chile y de otras casas de estudios superiores,
en las que los alumnos han hecho públicas sus diversas demandas.
Entre las exigencias se argumentan falta de recursos, mejoras en infraestructura
y participación en las elecciones de los decanos. La FECH ha extremado
el conflicto pidiendo la salida del Rector Lavados, y la crisis ha develado
una serie de críticas a la conducción del Rector de la Universidad
de Chile.
Universidades Estatales
Este fenómeno se ha extendido a otros planteles
y las tomas se han transformado en una forma de apoyo a la Federación
de Estudiantes de la Universidad de Chile en su exigencia de cogestión
universitaria. De aceptarse esta situación se debe tener presente
el riesgo de acrecentar aún más los problemas que viven las
universidades estatales en la actualidad. Ellos se pueden resumir en la
falta de una definición clara de quién es la autoridad real
que vela por los intereses generales de la institución, problema
que se repite en todas las instituciones dependientes del Estado y la consecuente
carencia de incentivos adecuados para llevar adelante una gestión
eficiente. Los distintos grupos de interés existentes al interior
de cada institución presionan por obtener beneficios a costa del
objetivo global de la organización, que en este caso corresponde
a una universidad.
Estos incidentes tienden a crear una situación desventajosa
para el sistema estatal de educación superior en relación
a las entidades privadas con las cuales debe competir, ya que estos actos
motivan, entre otras cosas, la renuncia de calificados docentes que no están
dispuestos a seguir en esas condiciones, muchos de los cuales prefieren
integrar planteles de educación superior privados. Ello perjudica
en forma directa a los alumnos de las casas de estudios tradicionales y
aleja, por otra parte, a los alumnos y sus padres de esas universidades.
Si analizamos la evolución del Aporte Fiscal Indirecto (AFI), único
indicador de eficiencia existente para evaluar el desempeño de las
instituciones de educación superior, ya que refleja las preferencias
de los alumnos que ingresan a las universidades, es posible observar que
dentro de las 10 universidades que reciben un mayor AFI por alumno, está
siendo cada vez mayor la proporción de universidades privadas, lo
que refleja el creciente prestigio que están adquiriendo las universidades
privadas en relación a las públicas.
El actual conflicto universitario tiene una salida populista
que es, por lo demás, bastante previsible: se entregarán mayores
recursos a las universidades estatales, las que nunca tendrán límites
en sus demandas por recursos del Estado. El problema vendrá luego
por la forma en que éstos sean entregados, ya que en la medida que
existan transferencias arbitrarias y discrecionales, es decir, que no tengan
relación con una mayor eficiencia en el uso de los recursos cuantiosos
que la sociedad, a través del gobierno, pone a disposición
de las universidades estatales, la igualdad de condiciones entre las universidades
privadas y las tradicionales será cada vez menor. Aumentar la discriminación
en favor de las universidades estatales produce un círculo perverso
que se traducirá en crecientes conflictos políticos y en mayor
inequidad social.
Para referirnos al caso específico de la Universidad
de Chile, que es la que ha generado mayor conflicto estas últimas
semanas, y ver si los recursos que han recibido han sido bien utilizados,
podemos concluir en función de un análisis publicado anteriormente
1, que esta entidad no se ha caracterizado
por ser la más eficiente en el uso de los recursos de que dispone,
ni la de mayor autonomía en sus fuentes de ingreso; ni tampoco por
ser la que más beneficios destina a sus alumnos, si se la compara
con otras universidades estatales de similar tamaño y complejidad.
¿Deben Aumentar
los Recursos Públicos a la Educación Superior?
Como hemos analizado, existen fundamentos para cuestionar
un aumento de recursos a la Universidad de Chile; pero también es
posible cuestionar cualquier aumento de recursos destinado a financiar la
educación superior, sea esta estatal o privada. Identifiquemos quiénes
son los beneficiarios directos de estos subsidios del Estado. En el cuadro
Nº1 se muestra cómo están distribuidos los aportes realizados
a los planteles de educación superior por quintil de ingreso. Es
posible observar que sólo el 9% de este aporte es recibido por alumnos
pertenecientes al 20% más pobre de la población, en tanto
que el 38% corresponde a alumnos pertenecientes al 20% más rico de
la sociedad. Comparando estas cifras con la situación de la educación
básica, vemos que los alumnos del 20% más pobre de la población
reciben el 36% de los recursos fiscales destinados a financiar ese nivel
de enseñanza, mientras que los pertenecientes al V quintil (20% más
rico de la población) reciben sólo un 7%. Para el caso de
la educación media ocurre algo similar a lo expuesto para la educación
básica.
Cuadro Nº1
Distribución de los Aportes Fiscales a la
Educación por Quintil de Ingreso, año
1993
quintiles
|
1 |
2 |
3 |
4 |
5 |
total |
| Básica |
36% |
27% |
18% |
13% |
5% |
100% |
| Media |
24% |
26% |
22% |
17% |
11% |
100% |
| Superior |
9% |
12% |
17% |
24% |
38% |
100% |
Fuente: Elaboración propia en base a "Gasto
Social en Chile,
Incidencia Distributiva e Incentivos Laborales" ILADES I-76, mayo
1994
Esto nos ayuda a concluir que si lo que se busca es avanzar
en mejorar la educación y asegurar la igualdad de oportunidades a
los sectores más desvalidos, la preocupación debe ir por un
camino distinto al que se tomará si se cede ante las presiones de
los estudiantes. Por otra parte, la deficiente gestión de los principales
planteles estatales de educación superior nos asegura que aunque
se canalicen recursos hacia allá no se lograra un significativo cambio
en la calidad de la educación.
Alternativamente la autoridad podría atacar el problema
de otra manera. En primer lugar, definir un objetivo claro a los planteles
estatales y en particular a la Universidad de Chile por su importancia.
En segundo lugar, establecer incentivos a las autoridades y estudiantes
de manera que el quehacer universitario se acerque al cumplimiento de esos
objetivos. Ello pasa por eliminar los aportes discrecionales y condicionar
los recursos aportados a resultados. No es un camino fácil y probablemente
la urgencia de dar soluciones inmediatas puede oscurecer las mejores soluciones.
Pero la improvisación y la respuesta a presiones estudiantiles y
académicas ya le ha costado caro al país en el pasado. La
discutida gestión del Rector Lavados, que quedó en evidencia
por su deficiente manejo del conflicto en la Escuela de Derecho de la U,
ha desencadenado una ola de conflictos en el país. Una solución
parcial y puntual sólo logrará postergar el problema por un
tiempo, pero éste volverá corregido y aumentado.
Nota:
1 Libertad y Desarrollo, Tema Público Nº314.
Ley
del Consumidor: Sus Verdaderos Efectos
El 5 de junio entró en vigencia la nueva Ley de Protección
al Consumidor. Entre quienes la promovieron existe la concepción
de que el conflicto de intereses que eventualmente puede existir entre proveedores
y consumidores pareciera tener un ganador seguro, atendida la supuesta desigualdad
de condiciones en que actúa el consumidor, la misma que se acrecienta
en una economía de mercado, por la libertad que en ésta impera.
La realidad demuestra exactamente lo contrario. El miedo
a la libertad es injustificado. De todos los sistemas económicos
conocidos, sólo la economía de mercado permite que se logren
los más altos niveles de bienestar. Lo anterior, dado los altos grados
de libertad para las personas y empresas que el sistema contiene, y que
exige como contrapartida para sus actores, mayores cuotas de responsabilidad.
Estas responsabilidades se traducen en que las empresas se ven obligadas
a actuar con mayor cuidado y a asumir directamente los costos de sus errores,
por lo que sólo obtendrán utilidades si son capaces de satisfacer
adecuadamente las necesidades y requerimientos de sus clientes. Por su parte,
el consumidor está obligado a actuar con prudencia, informándose
de las situaciones del mercado y conociendo las condiciones en que se ofrecen
por los distintos productores y vendedores los bienes y servicios que él
requiere.
De lo anterior se desprende que en la medida que el sistema
sea efectivamente libre, la protección de los consumidores la otorga
su propia experiencia y la competencia entre los proveedores, lo que se
traduce en beneficios al generar precios más bajos y calidades acordes
con sus necesidades e ingresos. En este sentido que la ley declare formalmente
que entre los derechos que se aseguran al consumidor está el de "elegir
libremente el bien o servicio" no deja de ser una declaración
teórica, si al mismo tiempo no se asegura su ejercicio mediante un
mercado funcionando libremente, en forma competitiva y sin restricciones
ni actos de intervención de la autoridad.
Por desgracia, las consideraciones anteriores no siempre
se recogen adecuadamente. Durante largos años muchos países
han adoptado sucesivas reglamentaciones orientadas a proteger a determinados
grupos. Casi como una norma universal, estas reglas se caracterizan por
reducir la libertad de acción de las empresas y la competencia en
los mercados, con lo que se reduce la capacidad de crecimiento económico
y consecuentemente, el bienestar de la comunidad, y se incrementa injustificadamente
el tamaño y poder discrecional del sector público. Así
también, las restricciones y controles que se introducen, en muchos
casos, se transforman en beneficios y protecciones precisamente para los
grupos o sectores regulados. Esto sucede porque son las empresas establecidas
y las de mayor tamaño las que están en mejor posición
para enfrentar los costos, de todo tipo, que implica la regulación.
Esto crea una suerte de barrera a la entrada en un mercado, dificultando
la presencia de nuevos competidores y consolidando la posición de
las empresas existentes. Esta evidencia y el conocimiento de los resultados
de la actuación del Estado, obligan a mirar con escepticismo las
fórmulas con mayores regulaciones para los mercados, o las promesas
de que futuras normas resultarán eficaces y lograrán sus objetivos.
En otras palabras, si cada vez que se detecte un abuso real o potencial
contra los consumidores, se opta por agregar nuevos controles e instituciones
fiscalizadoras, se corre el riesgo de perjudicar a quienes en un principio
se pretendió beneficiar.
Las áreas o temas en que hay mayor tendencia a introducir
protecciones al consumidor son los monopolios, las condiciones sanitarias
para la producción de bienes, la peligrosidad de los productos, la
defraudación y engaño al cliente, y la publicidad. Además,
últimamente se ha agregado a ellos el del medio ambiente. Si la experiencia
indica que parte importante de las regulaciones termina protegiendo a los
propios grupos regulados, es deseable que en aquellos casos en que efectivamente
es necesario establecer normas que limiten el libre accionar de las empresas,
esto se haga mediante cuerpos legales específicos. De este modo se
pueden obtener menores costos sociales de las restricciones a imponer, pero
que permiten identificar claramente a aquellos que se benefician o perjudican
con los efectos de las medidas.
Menos donde Elegir
En nuestro medio, la nueva Ley de Protección al
Consumidor desconoce los planteamiento anteriores y sigue la tendencia de
regular las diferentes manifestaciones del comercio. Así por ejemplo,
se establecen regulaciones en el ámbito de los contratos de adhesión,
las ventas a crédito, la publicidad y en la seguridad de los productos.
Además, se dispone que estas normas serán aplicables subsidiariamente
a los negocios que, teniendo una normativa especial, puedan tener vacíos
o situaciones no previstas. Esta situación como hemos dicho, muy
probablemente producirá el efecto de dificultar el ingreso a la actividad
comercial, toda vez que para ejercer el comercio se deberá asumir
un número imprevisible de riesgos creados por la propia ley. Así,
el número de comerciantes puede ser menor (sobre todos los pequeños)
y la oferta, en consecuencia, restringida. El resultado será que
el consumidor tendrá menos donde elegir y estará por esta
razón menos protegido. De la misma forma, las mayores regulaciones
producirán un aumento de los costos de transacción, los que
sabemos, terminarán traspasándose al consumidor en la medida
que ello sea posible dadas las condiciones de mercado.
Por último, no nos equivoquemos en pensar que la
economía de mercado por sí misma impide el fraude al consumidor,
ni tampoco el engaño de éste al proveedor. Lo que sí
es posible afirmar es que este sistema desincentiva enormemente tales actitudes,
al situar adecuadamente premios y sanciones para los que en él intervienen.
Un enfoque alternativo que pone el peso del control en la regulación
del Estado en lugar de confiar en las virtudes de la competencia, termina
por perjudicar a los consumidores al encarecer los productos y restringirles
sus posibilidades de elección por la vía de establecer barreras
a la entrada.
Es muy posible que una vez que la nueva ley esté
en vigencia asistamos a la difusión de muchos casos en que sus disposiciones
ayudarán a resolver una injusticia o a solucionar un caso particular.
La visualidad de estas situaciones, y la gran acogida que ellas tienen en
la prensa, no debe oscurecer nuestra visión. La Ley de Protección
al Consumidor provocará efectos negativos, mucho menos visibles pero
de mayor magnitud al disminuir los grados de libertad de consumidores y
proveedores.
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