Nº361

5 de Noviembre de 1997


Elecciones

Parlamentarias y Disputas

en la Concertación

El actual proceso electoral ha dejado en evidencia los conflictos que existen en la Concertación entre el bloque PS-PPD y la Democracia Cristiana. En efecto, una breve sinopsis de los acontecimientos de los últimos meses permite una lectura cuya conclusión es la evidente tensión en las relaciones al interior del pacto. Ahora bien, ¿a qué se debe dicha tensión? ¿qué elementos la gatillaron? ¿es inevitable? ¿qué podríamos esperar a futuro? Estas son algunas de las interrogantes que plantea la actual situación. No obstante, dado que excede los propósitos del presente informe responderlas todas, a continuación sólo se desarrollará una explicación global del tema.

Sinopsis del Conflicto

Una forma de visualizar el conflicto entre el bloque PS-PPD y la DC es hacer una sinopsis de los principales eventos conflictivos durante el proceso electoral. Tal como se aprecia en la tabla Nº1 los problemas son muchos y profundos. En efecto, el debate por la "franja electoral de TV" reflejó un marcado énfasis de la DC por conservar un perfil propio distinto de la Izquierda PS-PPD. La participación de Ricardo Lagos en la proclamación de candidatos PS-PPD, después de que manifestara que sólo lo haría de manera restringida y privada1, reflejaron las urgencias de su sector para mejorar la votación.

Situación similar se apreció en la tesis de Enrique Krauss de que los votos y no los liderazgos son lo importante (apoyada por Ravinet) en la definición del candidato presidencial2. La propuesta del Partido Comunista3 y el rechazo de la DC también ha sido otro punto de fricción, lo cual terminó en el llamado de la Izquierda de la Concertación a votar por candidatos del bloque. Finalmente, el debate actual sobre las primarias y las consiguientes reuniones de coordinación constituyen el más reciente de los temas.

El Trasfondo

Llegados a este punto cabe responder la pregunta respecto a qué factores explican dichos conflictos. A grandes rasgos éstos tienen que ver con tres problemas: 1º la necesidad de la DC de perfilar una figura presidencial de entre sus filas (sea Krauss, Zaldívar u otro); 2º mantener y consolidar una mayoría parlamentaria; y 3º impedir que la elección de diciembre fortalezca a Ricardo Lagos.

 

Ahora bien, ¿cómo podría la DC conseguir estos objetivos? Básicamente, elaborando una estrategia de negociación pre y post electoral ad hoc. En efecto, al analizar la listas parlamentarias4 y la estrategia de campaña hasta ahora desarrollada por la actual directiva de la DC, se aprecia que ésta no busca potenciar a la Concertación, cosa que se lograría en la medida que ella duplicara a la Oposición en aquellos distritos o circunscripciones donde existen posibilidades reales. En efecto, evitar un crecimiento del PS-PPD colabora a la mantención de la hegemonía democratacristiana en ambas cámaras, en la Concertación y al potencimiento del candidato presidencial PDC. Lo anterior se aprecia en la tabla Nº2. En ella se compara la distribución de los parlamentarios de cada sub-pacto de la Concertación (PS-PPD y DC-PRSD) bajo dos escenarios. El primero es el dado por por la situación. El segundo es el escenario de "duplicación", como lo hemos denominado, en que el bloque PS-PPD vería aumentada su representación de 32 a 36 diputados y de 4 a 9 senadores, por lo que la diferencia entre ambos bloques se reduciría significativamente de 8,7% a 2,7% en diputados y de 62% a 28,8% en los senadores. El escenario de duplicación maximiza la representación parlamentaria de la Concertación, pero es malo para la DC.

Tabla Nº2

Distribución de Parlamentarios en la Concertación:

Analisis de Escenarios

Hoy

Escenario de Duplicación1
Diputados Senadores Diputados Senadores
PS-PPD

32

4

36

9
DC-PRSD

38

17

38

14
Diferencia

6

13

2

7
PS-PPD

45,6

19,0

48,6

39,1
DC-PRSD

54,3

81,0

51,4

60,9
Diferencia

+8,7

+62,0

+2,7

+28,8

 1 Dicho escenario se ha construido sobre la base de los posibles resultados de corregir las elecciones de 1993 con los resultados de las elecciones municipales de 1996 e incorporando a la votación del Partido Cominista en las elecciones 1993.

Dentro de esta misma lógica se entiende, también, que la DC desechara, bajo todo punto de vista, cualquier intento de negociación con el PC. Meta que claramente estaba dentro del horizonte de posibilidades del bloque PS-PPD desde 1996 y cuyo objetivo era el de compensar la significativa diferencia que existe con la DC en el Senado. En efecto, en un escenario en que el PC apoyara al bloque PS-PPD se traduciría en que el porcentaje de sus senadores dentro del bloque aumentaría de 26,5% a 36,5%.

En resumen, los antecedentes expuestos muestran que la decisión de la directiva democratacristiana es racional en el sentido de maximizar su representación parlamentaria por la vía de evitar el crecimiento del bloque PS-PPD y de ese modo mejorar su status de bloque mayoritario y por consiguiente su opción en la designación del candidato presidencial

 

1 Incluso se rumoreaba que Lagos, de igual forma que Lavín, esperaba estar más allá de la lucha partidaria en estas elecciones de forma de constituirse como líder indiscutido del sector.

2 Lo que fue refrendado por las declaraciones de J.Bustamante en el sentido de que si la DC lograra el 28 % en diciembre sería muy dificil que renunciara a llevar un candidato a la Presidencia de la República.

3 La propuesta llegó incluso a que el PC ofreciera bajar todos sus candidatos a senadores y apoyar a la Concertación.

4 Al respecto se ha discutido la conveniencia de los candidatos que finalmente se postularon en algunas circunscripciones y distritos, dada las probabilidades de éxito de los mismos.

6 La tesis de Krauss y la meta del 28%.

 

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Conflictos de Intereses e Información Pública

En las últimas semanas hemos asistido a una serie de hechos, relacionados con los conflictos de intereses y el uso de información privilegiada, tanto en el sector público como privado. Entre las muchas lecciones que nos dejan estos casos está el de la importancia que tiene el acceso de los accionistas y el público en general a la información acerca de la marcha de los negocios de una empresa.

Es por lo anterior que en varias oportunidades, Libertad y Desarrollo ha postulado la necesidad de que todas las empresas estatales sean sometidas a un régimen de entrega de información al público, similar al que tienen las sociedades anónimas abiertas. En el caso Enersis, gracias a la legislación que rige el mercado de valores, han operado una serie de mecanismos de control de que disponen los accionistas y organismos fiscalizadores para exigir responsabilidad a los administradores de la sociedad. En una serie de casos de empresas públicas en que se han presentado situaciones de conflicto de intereses o negociaciones incompatibles - como es de CODELCO, por ejemplo-, ha resultado extraordinariamente difícil establecer las responsabilidades. Lo mismo ha sucedido en el caso de ESVAL y en el de la Refinería de Petróleo de Con-Con.

Transcurridos ya años desde la ocurrencia de esos hechos, es escasa la información que se tiene acerca de las actuaciones de los principales responsables, y podría decirse que más información ha fluido del caso Enersis en dos meses que todo lo que se ha sabido en varios años acerca de los otros.

¿ Cuáles son los elementos y reglas que determinan esta diferencia ?

Transparencia

En primer término, existe un principio básico que rige las relaciones comerciales del sector privado, tratándose de sociedades anónimas abiertas, cual es que, en general, toda la información es pública, existiendo los mecanismos que permiten que ella pueda ser conocida por todo aquel que tenga interés.

Las sociedades anónimas tienen una serie de obligaciones de información que deben entregar periódicamente a sus accionistas, a los entes fiscalizadores y poner a disposición del público en general, bajo sanciones claras y estrictas para los Gerentes y Directores en caso de omisión u error. Es el caso de la FECU (Ficha Estadística Codificada Uniforme), que se envía trimestralmente a la Superintendencia de Valores y Seguros y a las Bolsas de Comercio y que contiene los estados financieros y otras informaciones sobre la marcha de la empresa. A partir de allí se elaboran por parte de la prensa especializada toda suerte de rankings que intentan medir la eficiencia de las empresas. Esto se justifica plenamente, pues actuales o eventuales accionistas de cada empresa tienen el derecho a saber sobre la marcha de sus negocios para poder tomar decisiones que les afectarán en su patrimonio.

Es más, cualquier información que conozca el directorio o decisión de éste que pueda significar un cambio en el valor de la empresa debe ser informado en la calidad de hecho esencial a la Superintendencia de Valores y Seguros y a las Bolsas de Comercio.

Sin embargo, no sucede lo mismo en el caso del sector público, donde aun cuando la publicidad debiera ser la regla general, pues los "accionistas" interesados y afectados patrimonialmente en este caso son todos los ciudadanos, la obligación de informar no existe. De hecho, sólo se informa cuando se requiere por alguna instancia fiscalizadora, o surge alguna denuncia pública. Incluso más, no existe sanción para el caso de los funcionarios públicos que debiendo informar en un plazo fijado no lo hacen. Ello sucede con la información comprometida en la Ley de Presupuestos, que si no se entrega,no existe sanción alguna.

Conflictos de Intereses

 

Los directores, gerentes y altos ejecutivos de las empresas cuyas acciones son susceptibles de ser transadas en la bolsa de valores tienen la obligación de informar acerca de las transacciones de acciones que realicen ellos o personas relacionadas. Ello permite que los accionistas o cualquier interesado puedan fiscalizar las actuaciones de los administradores y, por supuesto, que también puedan hacerlo los organismos fiscalizadores para velar porque esas actuaciones vayan en beneficio de toda la sociedad.

Adicionalmente, existen prohibiciones específicas de realizar negocios, utilizando información privilegiada en beneficio personal o de personas relacionada con los directores, estableciéndose responsabilidades patrimoniales personales, además de sanciones administrativas o penales que le pueden ser aplicadas por la Superintendencia y los Tribunales de Justicia.

Las Juntas de Accionistas deben aprobar todas las operaciones de la empresa con personas relacionadas que haya decidido el directorio, y ellas deben hacerse públicas en el Balance y la Memoria de la sociedad.

Este esquema tan claro no tiene su correlación en el sector público. De partida, no existe ni la obligación de efectuar declaraciones públicas de intereses, ni mecanismos para hacer efectivas sanciones, cuando estas existen, en caso de actuar en beneficio personal en desmedro de los intereses sociales o de la comunidad en general. Es decir, en el caso del Estado, no existen las obligaciones de informar, y las prohibiciones.

Lecciones para el Futuro

 

Aún no podemos saber si es que la institucionalidad aplicable a las sociedades anónimas abiertas será suficiente para manejar todas las aristas del caso Enersis. Especialmente importante es evaluar si es que ella ha protegido a los accionistas de eventuales perjuicios patrimoniales derivados de este caso. Probablemente habrá que reformar algunas disposiciones, en particular aquellas referidas a las ofertas públicas de acciones. En cualquier caso, esa institucionalidad ha permitido conocer con lujo de detalles la operación.

No sucede lo mismo con las empresas de propiedad estatal y con el sector público en general, y quizás es ésta la oportunidad para dictar aquellas normas que permitan que también en ellas sus administradores sean responsables por sus actuaciones.

No se logrará con ello evitar los conflictos de interés o el uso de información privilegiada, pues la regulación no puede lograr cambiar del todo las conductas; pero al menos la sociedad podrá exigir responsabilidades y estará enterada de lo que realmente ha ocurrido.

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