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Plebiscitos
Nacionales y la Dictadura
de la Mayoría
Entre los anuncios realizados por el Presidente
de la República en su último discurso al país,
uno de los de mayor trascendencia política ha sido la propuesta
del uso de plebiscitos como instrumento legislativo en materia
de reforma constitucional.
En lo fundamental, los argumentos esgrimidos por
el Ejecutivo son los siguientes: por una parte, se piensa que
si dicho mecanismo es utilizado a nivel local, como es el caso
de la Municipalidad de Las Condes, con mayor razón debiera
ser extensivo a un ámbito más trascendente como
son las disputas de carácter constitucional. Y por otra,
que la aplicación del plebiscito a nivel nacional constituye
una forma de perfeccionamiento democrático hacia el cual
el país debe avanzar. No obstante, ambos argumentos adolecen
de fallas conceptuales de fondo, y por el contrario, se aprecia
un desconocimiento de lo que es un verdadero perfeccionamiento
del sistema democrático.
1. El Plebiscito como Instrumento para Limitar
el Poder
Uno de los argumentos menos desarrollados en la
discusión sobre el rol de los plebiscitos es que éstos
han surgido como un instrumento para limitar el poder del Gobierno
y no para acrecentarlo. En efecto, en los plebiscitos como los
realizados en Estados Unidos, Suiza y también en Las Condes,
lo que se ha buscado es someter a escrutinio popular las decisiones
de la autoridad, a través de transferir a los ciudadanos
las decisiones en materias tales como asignación de recursos.
En buenas cuentas, se está transfiriendo poder a la gente,
en aspectos que la afectan directamente como son la seguridad,
la salud, planos reguladores, inversión, etc.
En oposición a este esquema, la propuesta
del Ejecutivo busca acrecentar su poder cuando la coalición
de gobierno no posee los quórum necesarios en el Parlamento.
Es decir, la lógica es la siguiente: si el Gobierno no
tiene los suficientes votos en el Parlamento para aprobar o rechazar
una reforma constitucional, se recurre al plebiscito como medio
para aprobar o rechazar lo que el Ejecutivo desea. Dicho en otros
términos, es la forma más simple de imponer mañosamente
las decisiones de la autoridad a contrapelo de la institucionalidad.
2. Sistema Democrático
Representativo y Plebiscitos
La democracia es un medio para garantizar de la
mejor forma posible el ejercicio de los derechos ciudadanos.
La evolución del sistema democrático
ha llevado a que las sociedades, para responder a las demandas
ciudadanas de manera eficiente y oportuna, hayan creado una institución
básica, a saber la representación. En efecto, a
medida que las sociedades son más complejas, esto es, cuando
el número de personas involucradas, los intereses en juego,
y la naturaleza de los temas es mayor y más diversa, el
mecanismo más eficiente para reducir los costos de tomar
decisiones e información, es la representación,
vale decir, que los ciudadanos elijan representantes, los que
presenten sus intereses ante el foro político.
Ahora bien, para garantizar de mejor forma los derechos
ciudadanos, los sistemas democráticos representativos proporcionan
a las personas un conjunto de instituciones que les permiten expresar
sus preferencias, como asimismo balancear el conjunto de éstas
en el proceso de toma de decisiones públicas. Entre tales
instituciones se cuentan: la Constitución, los mecanismos
de quórum, elecciones frecuentes y exentas de fraude, la
sujeción de los legisladores a controles de constitucionalidad
de las leyes que de ellos emanan, sistemas electorales que permitan
elecciones competitivas, tribunales electorales que garanticen
la transparencia electoral, prensa libre, etc. Es decir, la democracia
es un sistema de balance y contrapeso en que intervienen distintos
poderes e instituciones, ninguno de los cuales se basta a sí
mismo, y por el contrario, cuando alguno de ellos adquiere mayor
peso respecto de los otros se producen desequilibrios que resienten
el sistema.
Por lo tanto, puede resultar antidemocrático
el uso de una institución como el plebiscito con el propósito
de conseguir un resultado cuando las instancias institucionales
dieron otro distinto. En buenas cuentas, deslegitima la naturaleza
de las instituciones político-democráticas. El régimen
representativo pierde toda validez en un esquema tal. Más
aún, supongamos que una ley es abiertamente inconstitucional
y así lo ratifica el Tribunal Constitucional, ¿significa
esto que el Gobierno para conseguir su propósito recurrirá
a un plebiscito, no importando la inconstitucionalidad de un determinado
cuerpo legal?
3. La Dictadura de la Mayoría
El objetivo de la democracia es el de velar por
los derechos ciudadanos y por ende por el equilibrio de poderes
entre mayorías y minorías. De lo contrario, es decir,
cuando por definición sólo las mayorías tienen
el poder total, el resultado obvio es la tiranía. Es decir,
la imposición de la voluntad de unos por sobre los derechos
de otros.
Cabría preguntarse, entonces, si materias
tales como la libertad de expresión, el equilibrio entre
poderes públicos, las limitaciones al poder presidencial,
los límites de la libertad religiosa, la discriminación
entre las regiones en materia tributaria, la eliminación
de la protección al medio ambiente, la modificación
de las garantías electorales, la autonomía del Poder
Judicial, no podrían ser objeto del quehacer plebiscitario.
La miopía del Gobierno al proponer el plebiscito
como instrumento de reforma constitucional, le impide ver los
excesos que pueden producirse a través del uso indebido
de esta institución. Los plebiscitos permitieron la aprobación
del gobierno de Hitler (1933), la aprobación de Hitler
como líder y canciller (1934), la Anschluss (unión
entre Austria y Alemania), etc.
En definitiva, si con el plebiscito a nivel nacional
se busca someter a discusión temas de orden constitucional,
¿cuál es el límite?
4. Información y Decisiones
Responsables
Uno de los problemas centrales en cualquier sistema
político y en particular en la democracia, es que el costo
de informar adecuadamente a la ciudadanía es muy alto,
e incluso a veces imposible, dado que las personas no desean estar
informadas. Ahora bien, el rol de la información es clave
para que las decisiones sean responsables, de allí que
es fundamental que las personas tengan la posibilidad de conocer
adecuadamente las materias que se debaten. Así, informar
adecuadamente a 7.000.000 de personas (que votarían en
un plebiscito nacional) no es lo mismo que hacerlo con 100.000
(setenta veces menos, que serían los que votan por un parlamentario
o en un plebiscito local).
En tal sentido, la idea de sustituir discusiones
técnicas que, por su naturaleza requieren el concurso de
especialistas, por plebiscitos, es un incentivo a que las decisiones
sean tomadas de manera poco responsable e informada. Luego, cuando
se señala que existen mayores razones para plebiscitar
materias de trascendencia cuando se lo hace con temas menos importantes,
precisamente no se entiende el significado último de la
democracia representativa y de sus instituciones.
Resolución de Conflictos
La idea de usar el plebiscito como instrumento de
resolución de conflictos, es otro caso en que se aprecia
la ingenuidad, por decir lo menos, de la propuesta del Gobierno.
En este punto, la experiencia comparada, por ejemplo en el caso
europeo, demuestra que en aquellas sociedades en que se observan
importantes rupturas o divisiones de diversa índole, los
plebiscitos en modo alguno contribuyen a resolver conflictos.
Tal es el caso de Bélgica o Irlanda del Norte, donde el
uso de tales mecanismos aumenta el riesgo de que una minoría
lo suficientemente grande y con gran intensidad de preferencia
sobre determinados temas se sienta amenazada y esté dispuesta
a utilizar instrumentos no institucionales para hacer valer sus
puntos de vista. Este fue el caso del referéndum para mantener
la monarquía en 1950 en Bélgica, lo que se tradujo
en que, a pesar de que ésta se mantuvo, como consecuencia
de los disturbios ocurridos, el rey tuvo que abdicar.
Si bien el caso chileno es distinto al de países
como Bélgica, el problema de fondo es el mismo, puesto
que los plebiscitos nacionales constituyen un arma de doble filo:
¿ quién garantiza que 50% más uno es una mayoría
suficiente y que una minoría del 49% se resignará
a que sus garantías puedan ser sobrepasadas, porque así
lo determinó una votación?
Conclusiones
En resumen, el plebiscito, lejos de ser una panacea
o una manifestación de máxima democracia, es un
instrumento de uso limitado, adecuado para algunas materias en
que la autoridad quiera someter su voluntad al control ciudadano.
Utilizarlo para intentar aumentar el poder del Ejecutivo en desmedro
de las demás instituciones democráticas es una manifestación
de falta de fe en la democracia.
Competencia
en la Educación
Universitaria
La conducta del mercado de educación
superior ha tenido importantes variaciones en el último
tiempo, principalmente debido a la aparición de las universidades
nacidas bajo el amparo de la legislación de 1980.
Estas nuevas universidades han tenido
una evolución positiva en los últimos años,
por lo que se han convertido en un elemento de competencia para
las universidades tradicionales. Este hecho se ha traducido en
un importante incentivo para la búsqueda de la excelencia
académica.
Es conveniente y necesario que existan
mecanismos de evaluación de la calidad en todos los mercados,
incluyendo el de la educación superior. Si bien es cierto
en la actualidad no existen indicadores en nuestro país
que nos permitan ayudar a medir la calidad de la educación
que imparten las distintas instituciones de educación superior,
a partir de uno de los métodos de asignación de
recursos fiscales a este sector es posible medir el grado de preferencia
que existe en la población por ciertas instituciones.
El Aporte Fiscal Indirecto (AFI) podría
ser usado como un indicador indirecto de calidad, ya que los alumnos,
al seleccionar una alternativa académica, lo hacen de acuerdo
a la que más se ajusta a sus necesidades, y este aporte
es entregado según el puntaje obtenido por los distintos
alumnos que se matriculan en ellas. Debe hacerse la prevención
respecto a que, en la decisión de los alumnos, no sólo
influirán consideraciones respecto al prestigio y calidad
de la institución donde eligió realizar sus estudios
superiores, sino también otros factores, como la posibilidad
de recibir financiamiento para cubrir parte del costo de los estudios,
lo que hasta la fecha ha sido posible unicamente en las universidades
tradicionales. Sólo en forma incipiente el mercado ha ido
creando nuevas alternativas para ello.
La evolución del Aporte Fiscal
Indirecto que han obtenido las universidades
1 se muestra en el cuadro Nº
1.
Cuadro Nº 1
Aporte Fiscal Indirecto por
Tipo de Universidad
(cifras en miles de pesos
de cada año)
| Año
| Univ. Privadas
| Univ. Tradic.
| AFI Total
|
| 1990 | 635.973
| 6.157.851
| 7.326.000
|
| 1994 | 1.333.210
| 11.503.022
| 13.044.813
|
| 1998 | 2.218.962
| 13.918.322
| 16.332.581
|
Si se analiza la evolución que
ha tenido el monto total del AFI recibido por las universidades
privadas con respecto al recibido por todas las universidades,
es posible observar que la proporción recibida por las
universidades privadas ha aumentado, pasando de ser 9,3% del aporte
total recibido por ellas en 1990 a un 13,5% en 1998.
Aporte
Fiscal Indirecto por Alumno
Para un análisis más
significativo del monto recibido por cada institución es
necesario realizar una corrección. Se debe calcular el
monto del aporte por alumno, con el objeto de reducir la incidencia
del número de alumnos que recibe anualmente cada universidad
y las diferencias que se producen entre las universidades tradicionales
y las privadas de menor tamaño relativo (se divide el monto
total del AFI recibido por cada institución por el número
de alumnos nuevos ingresados en el año anterior, los que
corresponden a la base para el cálculo del AFI por institución
en el año siguiente. Cuadro Nº 2).
Cuadro Nº2
Aporte Fiscal Indirecto por
Alumno, 1998
| | Monto AFI 1998
| Matric. 1997
| AFI / alumno
|
| | | M$
| M$ |
| 1º |
U. Católica de Chile
| 2.716.240 |
3.563 | 762,35
|
| 2º |
U. de Chile |
3.005.637 | 4.055
| 741,22 |
| 3º |
U. Adolfo Ibáñez
| 232.554
| 403 |
577,06 |
| 4º |
U. de Los Andes
| 248.398
| 491 |
505,90 |
| 5º |
U. de Santiago de Chile
| 1.451.017 |
2.882 | 503,48
|
| 6º |
U. Católica de Valparaíso
| 995.510
| 2.335 |
426,34 |
| 7º |
U. de Valparaíso
| 493.242
| 1.169 |
421,93 |
| 8º |
U. de Concepción
| 1.190.618 |
2.960 | 402,24
|
| 9º |
U. Técnica Metropolit.
| 550.949
| 1.554 |
354,54 |
| 10º |
U. Diego Portales
| 523.199
| 1.601 |
326,80 |
| 11º |
U. de Talca |
261.264 |
874 | 298,93
|
| 12º |
U. Federico Santa María
| 691.039
| 2.435 |
283,79 |
| 13º |
U. Austral de Chile
| 388.679
| 1.499 |
259,29 |
| 14º |
U. Finis Terrae
| 122.615
| 482 |
254,39 |
| 15º |
U. de La Frontera
| 406.058
| 1.688 |
240,56 |
| 16º |
U. Mayor | 275.762
| 1.173 |
235,09 |
| 17º |
U. del Bio-Bio
| 327.228
| 1.776 |
184,25 |
| 18º |
U. de Antofagasta
| 201.541
| 1.273 |
158,32 |
| 19º |
U. Católica Santísima Concep.
| 130.392
| 858 |
151,97 |
| 20º |
U. Católica del Norte
| 279.700
| 1.857 |
150,62 |
| 21º |
U. Del Desarrollo
| 87.664
| 593 |
147,83 |
| 22º |
U. de La Serena
| 201.157
| 1.579 |
127,40 |
| 23º |
U. San Sebastián
| 40.807
| 378 |
107,96 |
| 24º |
U. Católica del Maule
| 114.741
| 1.077 |
106,54 |
| 25º |
U. Tec Vipro |
42.728 |
417 | 102,47
|
| 26º |
U. N. Andrés Bello
| 181.281
| 1.817 |
99,77 |
| 27º |
U. Católica de Temuco
| 79.502
| 895 |
88,83 |
| 28º |
U. Metropolitana de Cs. de la Educ.
| 127.319
| 1.488 |
85,56 |
| 29º |
U. Arturo Prat
| 46.377
| 611 |
75,90 |
| 30º |
U. de Atacama |
35.239 |
545 | 64,66
|
| 31º |
U. Central |
231.498 |
3.703 | 62,52
|
| 32º |
U. Iberoam. de Cs. y Tecnol.
| 23.236
| 386 |
60,20 |
| 33º |
U. Playa Ancha de Cs. de la Educ.
| 82.959
| 1.629 |
50,93 |
| 34º |
U. de Los Lagos
| 38.503
| 805 |
47,83 |
| 35º |
U. de Tarapacá
| 66.828
| 1.450 |
46,09 |
| 36º |
U. del Pacífico
| 26.596
| 581 |
45,78 |
| 37º |
U. de Magallanes
| 36.583
| 922 |
39,68 |
| 38º |
U. de Las Américas
| 20.164
| 613 |
32,89 |
| 39º |
U. de Viña del Mar
| 18.435
| 624 |
29,54 |
| 40º |
U. de Artes y Cs. de Comunic.
| 5.665
| 203 |
27,91 |
| 41º |
U. de Arte y Cs. Soc. (Arcis)
| 17.187
| 638 |
26,94 |
| 42º |
U. Internac. Sek
| 3.457
| 156 |
22,16 |
| 43º |
U. La República
| 13.634
| 617 |
22,10 |
| 44º |
U. A. Humanismo Cristiano
| 12.386
| 614 |
20,17 |
| 45º |
U. Bolivariana
| 4.033
| 218 |
18,50 |
| 46º |
U. Autónoma del Sur
| 9.602
| 572 |
16,79 |
| 47º |
U. Alonso de Ovalle
| 2.688
| 163 |
16,49 |
| 48º |
U. Sto. Tomás
| 24.484
| 1.541 |
15,89 |
| 49º |
U. Marítima de Chile
| 2.977
| 219 |
13,59 |
| 50º |
U. de Temuco |
9.314 |
716 | 13,01
|
| 51º |
U. del Mar |
11.234 |
1.030 | 10,91
|
| 52º |
U. de Cs. de la Informat.
| 6.721
| 622 |
10,81 |
| 53º |
U. Educares |
6.049 |
580 | 10,43
|
| 54º |
U. Católica Blas Cañas
| 10.754
| 1.225 |
8,78 |
| 55º |
U. Adventista de Chile
| 1.536
| 237 |
6,48 |
| 56º |
U. Fco. de Aguirre
| 1.248
| 290 |
4,30 |
| 57º |
U. de Aconcagua
| 576
| 300 |
1,92 |
| 58º |
U. José Santos Ossa
| 480
| 280 |
1,71 |
Fuente: elaboración propia sobre la base de
antecedentes entregados por el Ministerio de Educación.
(La Universidad Gabriela Mistral no
aparece pues renuncia voluntariamente al Aporte Fiscal Indirecto
que le correspondería recibir).
Si se analiza a las 25 universidades
que obtuvieron el mejor AFI por alumno en los años 1990
y 1998, se puede observar la favorable evolución que, en
términos de competencia y calidad, presenta el sistema.
Así, mientras en 1990, el AFI por alumno en las 25 mejores
universidades del país, se concentraba en las universidades
estatales, 24% en universidades privadas tradicionales y 28% en
privadas creadas a partir de 1980 (Gráfico Nº 1).
En 1998 ello evolucionó aumen- tando la dispersión
de tal forma que las univer- sidades estatales representan un
32%, las privadas tradicionales2,
un 36%, y las privadas creadas a partir de la legislación
de 1980, un 32%.
De los antecedentes expuestos se observa
una caída de calidad en las universidades estatales en
relación al sistema privado en general, a pesar de que
las universidades del Estado tienen privilegios económicos
importantes. Las universidades privadas estarían recibiendo
cada vez más alumnos con altos puntajes en la Prueba de
Aptitud Académica, por lo que se podría concluir
que estaría mejorando la imagen que de dichas instituciones
tienen los alumnos interesados en ingresar a la educación
superior. Este es un buen argumento para justificar la idea del
cambio de composición del aporte fiscal a la educación
superior en favor de mecanismos más universales y objetivos
de asignación en relación a calidad de la enseñanza,
ya que en el último tiempo una mayor proporción
de los recursos fiscales destinados a la educación superior
están siendo entregados discrecionalmente. Ello trae como
consecuencia el hecho que los grupos que tienen algún tipo
de influencia sobre quienes deciden acerca del destino de esos
recursos comiencen a presionar para lograr acceder a ellos.
Concluyendo...
Todo lo anterior le resta dinamismo
a la positiva evolución que muestra el mercado de la educación
superior, ya que debido a la falta de igualdad en el acceso a
los recursos fiscales (becas, crédito universitario, etc.),
disminuye la competencia que se ha generado luego de la aparición
de las universidades creadas a partir de la legislación
de 1980. Es de vital importancia para un país como Chile,
lograr avances en materia de calidad de la educación que
se imparte en todos los niveles, ya que se ha comprobado que la
inversión en capital humano genera movilidad social que
ayuda a la igualdad de oportunidades.
Notas:
1 Se
debe tener presente que el AFI se entrega tanto a institutos profesionales
y centros de formación técnica, como a universidades
tradicionales y privadas; pero el análisis sólo
considera a las universidades.
2 Corresponde
a la definición de universidades que no siendo estatales,
reciben Aporte Fiscal Directo.
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