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Nuestra
Carga
Tributaria
de Todos los Días
¿Cuánto Trabajamos
para el Fisco?
A fines de abril, al pagar los impuestos anuales
a la renta, se nos hace patente la carga tributaria que cada cual
debe financiar. Sin embargo nos olvidamos de que cada día
del año estamos pagando por concepto de IVA,
aranceles, y otros impuestos específicos.
Según un estudio de William Díaz1,
considerando el IVA, los impuestos a la renta y aranceles, y tomando
5 personas tipos representativas de cada uno de los quintiles
de ingresos definidos en la Encuesta de Presupuesto Familiar del
INE, la carga tributaria (expresada como % de sus respectivos
ingresos totales) para cada uno de ellos se distribuye de acuerdo
a las cifras del cuadro Nº 1.
Cuadro Nº 1
Carga tributaria
Como % de los Ingresos Totales.
| Ingresos
| Carga
| Nº meses
|
| $ 100.000 |
18,3% | 2,2
|
| $ 200.000 |
18,5% | 2,2
|
| $ 500.000 |
21,1% | 2,5
|
| $ 1.000.000
| 22,8% |
2,7 |
| $ 2.500.000
| 35,0% |
4,2 |
Fuente: W. Díaz, mayo 1997.
Esas cargas tributarias se traducen en un aporte
de 2,2 ; 2,2 ; 2,5 ; 2,7 y 4,2 meses de trabajo al año,
respectivamente. Es decir, cada año, una persona del primer
quintil de ingresos, según la Encuesta de Presupuesto Familiar,
dedica 2 meses con 6 días a trabajar para el Gobierno.
Una persona del segundo quintil le dedica al Gobierno 2 meses
con 7 días; la del tercer quintil, 2 meses y 16 días;
la del cuarto, 2 meses 22 días; y la del quinto, un total
de 4 meses y 6 días.
Cuadro Nº 2
Meses de trabajo para el
Fisco
| $ 125.000 | 2
|
| $ 165.000 | 2
|
| $ 215.000 | 2
|
| $ 315.000 | 2
|
| $ 500.000 | 2,4
|
| $ 1.000.000 | 2,6
|
| $ 2.000.000 | 3,2
|
| $ 3.000.000 | 3,9
|
| $ 4.000.000 | 4,4
|
Fuente: Fontaine y Vergara (1997).
En un estudio posterior, Fontaine y Vergara2
llegan a resultados similares, los que se muestran en el cuadro
Nº 2.
¿Tenemos una Carga
Tributaria Baja?
Cada cierto tiempo autoridades de gobierno y altos
dirigentes de la Concertación sorprenden a la opinión
pública anunciando sus deseos de elevar la carga tributaria.
En ocasiones ello se ha justificado de acuerdo a cifras de carga
tributaria de países desarrollados. Se olvida mencionar
lo que sucede en naciones con características similares
a las nuestras: países que están en el proceso de
alcanzar el desarrollo en el mediano o largo plazo. Se olvida
también analizar cuáles fueron las cargas tributarias
en los países hoy desarrollados, cuando se encontraban
en una etapa de pleno crecimiento que les permitió alcanzar
el desarrollo.
Cuadro Nº 3
Carga tributaria en países
de América Latina
(como % del PIB)
| Barbados | 28,9 %
|
| Jamaica | 28,5
|
| Trinidad y Tobago | 23,7
|
| Chile | 17,6
|
| Nicaragua | 16,5
|
| Argentina | 15,2
|
| Brasil | 14,7
|
| México | 10,9
|
| Colombia | 10,4
|
| Perú | 8,4
|
| Venezuela | 5,6
|
Fuente: W. Díaz, mayo 1997.
En el cuadro Nº 3 se muestra la carga tributaria
en América Latina como % del producto interno bruto; y
como se puede ver, Chile aparece superado por Barbados, Jamaica
y Trinidad Tobago, mientras que nuestra tasa supera a Nicaragua,
Argentina, Brasil, México, Colombia, Perú y Venezuela.
Cuadro Nº 4
Tasa Marginal máxima
del impuesto a la renta por
países
| Francia |
56,8 % |
| España
| 56,0 |
| Chile |
45,0 |
| Estados Unidos
| 39,6 |
| Brasil |
35,0 |
| México
| 35,0 |
| Malasia |
32,0 |
| Argentina |
30,0 |
| Perú
| 30,0 |
| Singapur |
30,0 |
| Indonesia |
30,0 |
| Canadá
| 29,0 |
| Uruguay (*)
| 0,0 |
| Paraguay(*)
| 0,0 |
(*) No tienen impuesto a la renta de las personas.
Fuente: Comisión Nacional de Ahorro.
Si nos concentramos en el impuesto a la renta, la
tasa marginal máxima del impuesto a la renta fluctúa
entre el 0% y el 56,8%, como se muestra en el Cuadro Nº 4,
encontrándose Chile con una tasa marginal máxima
incluso superior a la de países desarrollados como Estados
Unidos y Canadá.
A partir de los antecedentes señalados se
puede concluir que la carga tributaria en Chile está incluso
entre las más altas cuando se las compara con países
similares, y en particular en el caso del impuesto a la renta,
nuestra tasa marginal máxima se encuentra en el tramo superior.
Con nuestra tasa tributaria, la recaudación
del Gobierno entre 1990 y 1997 ha crecido en casi un 60% en dólares
constantes. En efecto, mientras en 19913
la recaudación alcanzó a algo menos de US$ 8.581,1
millones de 1997, en 1997 la cifra alcanzó a los US$ 13.528,9
millones del mismo año. De hecho, con una tasa de crecimiento
promedio anual en torno a 8%, como la medida por las nuevas Cuentas
Nacionales, y dada una elasticidad tributaria igual a 1,1, la
recaudación aumenta en promedio unos US$ 1.200 millones
cada año, lo que a su vez genera espacio para financiar
un crecimiento anual del gasto del gobierno igual al 8%.
Es decir, desde el punto de vista financiero no
son los impuestos lo que en definitiva se constituye en un freno
para el crecimiento del gasto fiscal, sino que los equilibrios
macroeconómicos.
Mayores
Impuestos,
Menor
Ahorro Privado
Lo que sí tendría un impacto fiscal
negativo es una reducción de la tasa de crecimiento de
la economía. El crecimiento económico en sí
mismo genera una gran cantidad de recursos, tanto para el financiamiento
de nuevas políticas sociales, como para la creación
de empleo. Se ha comprobado que en la última década
la generación de nuevos puestos de trabajo es responsables
del 80% de la reducción de la pobreza.
Para mantener esas tasas de crecimiento, hoy el
énfasis de las políticas económicas debiera
centrarse en la generación de mecanismos que incentiven
el ahorro interno total del país. Con frecuencia se suele
pensar erróneamente que por la vía de aumentar el
ahorro público se logra incrementar el ahorro interno,
despreciando la diferencia entre aumentar el ahorro público
vía menores gastos o vía mayores impuestos. En efecto,
si se hace de esta última forma, puede presumirse que el
aumento del ahorro público se logrará a costa de
menor ahorro privado.
Cuadro Nº 5
Ahorro Interno Bruto
como % del PIB nominal
| Total
| Público
| FCC*
| Resto
|
| | con FCC*
| | |
| 1989 | 29,8
| 6,9 | 3,8
| 22,9 |
| 1990 | 28,3
| 4,8 | 2,3
| 23,5 |
| 1991 | 27,0
| 4,3 | 0,7
| 22,7 |
| 1992 | 25,1
| 5,3 | 0,3
| 19,8 |
| 1993 | 24,1
| 4,7 | -0,2
| 19,4 |
| 1994 | 25,5
| 5,1 | 0,2
| 20,4 |
| 1995 | 27,6
| 6,5 | 1,1
| 21,1 |
| 1996 | 24,5
| 6,1 | 0,3
| 18,4 |
| 1997 | 24,5
| 5,6 | 0,1
| 18,9 |
| promedios: |
| | |
|
| 89-90 | 29,1
| 5,9 | 3,1
| 23,2 |
| 96-97 | 24,5
| 5,9 | 0,2
| 18,7 |
* Fondo de Compensación del Cobre
Fuente: Banco Central y DIPRES
La evolución del ahorro interno en la década
de los noventa, tanto público como privado, es sin duda
preocupante, como lo muestra el cuadro Nº 5. En éste
se presenta el ahorro interno total como porcentaje del PIB en
$ de cada año, el cual cae desde una tasa promedio de 29,1%
entre 1989 y 1999, a un 24,5% en el promedio de 1996 y 1997.
La caída es consecuencia de una rebaja en el ahorro privado,
que en la última columna viene denominado como «resto»
por tratarse del ahorro de los agentes extra gobierno central.
Por su parte, el ahorro público, en su totalidad se mantiene
en un promedio de 5,9%, con un cambio importante en su composición:
en 1989-90 la mitad es atribuible a ahorros en el Fondo de Compensación
del Cobre, mientras en los dos últimos años éste
ha desaparecido, y debió sustituirse con ahorro del gobierno
central.
Lo que es más difícil de comprobar
estadísticamente, es cuánto ha contribuido ese mayor
ahorro público al ahorro interno total. Si se consideran
los cambios tributarios, especialmente en el año 1990,
los cuales impactaron negativamente sobre el ahorro privado, entonces
la conclusión es que el mayor ahorro público logrado
a través de un aumento de la recaudación tributaria
le quita potencial de ahorro a los privados, por lo que su contribución
al ahorro total es escasa.
Concluyendo...
En síntesis, el nivel de la carga tributaria
en nuestro país es muy alto si lo comparamos con países
de similar desarrollo relativo o con los propios países
desarrollados en la etapa en que crecían aceleradamente.
Por ello, amenaza con convertirse en un serio obstáculo
al crecimiento. Desde el punto de vista macroeconómico,
el aumento de la carga tributaria ha coincidido con una caída
del ahorro interno que sugiere que incrementar el ahorro público
por la vía de subir los impuestos sólo consigue
disminuir el ahorro privado.
Notas
1 Díaz, William (mayo
1997) ; «Impuestos...¿una carga?» en Serie de Opinión
Económica Nº 89, Instituto Libertad y Desarrollo.
2 Fontaine, B. y Vergara R. (invierno
1997) ; « Una Reforma tributaria para el crecimiento»,
CEP.
3 Se ha tomado como referencia
al año 1991 para no incluir los efectos de la reforma tributaria
de 1990.
¿Qué
hay tras el
Problema
Indígena?
A partir de 1990, se han creado una
serie de leyes con la pretendida finalidad de beneficiar a la
población indígena de nuestro país. Entre
ellas destaca particularmente la Ley Nº19.253 de 1993,
llamada Ley Indígena.
Sin embargo, estas normas inspiradas en la llamada
«discriminación positiva», en la práctica
limitan el desarrollo de estos pueblos impidiéndoles hacer
uso de su derecho de propiedad. Lo anterior se ve agravado por
la difícil situación que vive el sector agrícola
de nuestro país: dado que la mayoría de estas tierras
son de uso agrícola, cada vez es más lejana la posibilidad
de que estos pueblos salgan de su situación de pobreza.
Paradójicamente, ellos exigen al Estado, mediante
tomas, que se les devuelva tierras sobre las que reclaman derechos
históricos, afectando de esta manera el derecho de propiedad
privado. Las autoridades, frente a este problema, en vez de hacer
respetar el derecho de propiedad, han optado por la alternativa
que la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena,
CONADI, con plata de los contribuyentes, le compre los terrenos
agrícolas y se los entregue a los indígenas; situación
que no mejorará su nivel y calidad de vida.
El Impacto de la
Legislación Indígena
La Ley Nº19.253 de 1993 con el propósito
de fomentar el desarrollo de los pueblos indígenas estableció
una serie de regulaciones en el ámbito de la propiedad
de sus tierras.
Concretamente se dispuso que las llamadas tierras
indígenas1 no pueden
ser enajenadas, ni gravadas, salvo que estos actos tengan lugar
entre comunidades o personas indígenas de una misma etnia
y la CONADI lo autorice. Así también, las tierras
cuyos titulares sean comunidades indígenas no pueden ser
arrendadas, ni cedidas a terceros en uso, goce o administración.
En tanto que las que pertenezcan a personas naturales, sólo
pueden serlo por un plazo no superior a cinco años.
Por lo tanto, los efectos económicos de la
legislación indígena son:
1.- Límites al derecho de propiedad:
la ley lejos de fomentar el desarrollo de los pueblos indígenas,
lo frena, al establecer limitaciones que en la práctica
impiden que sus tierras se puedan comercializar libremente. En
efecto, al limitarse la venta de estas tierras o al someterse
la contratación de empréstitos o celebración
de arrendamientos a la decisión de la autoridad, se impide
que sus propietarios puedan obtener recursos para realizar otras
actividades. Así por ejemplo, un indígena al verse
imposibilitado de entregar en garantía sus tierras (constituir
hipoteca), no puede acceder al crédito bancario, y por
lo mismo, obtener recursos que le permitan emprender nuevos negocios.
Por otra parte, la normativa dispone que las tierras
indígenas provenientes de títulos de merced sólo
pueden dividirse por resolución judicial y siempre que
la mayoría absoluta de los miembros de la comunidad así
lo soliciten. La norma dificulta la toma de decisiones y administración
de la tierra. Además, es contraria a la normativa general
sobre la materia, que dispone que el derecho de propiedad de un
comunero respecto de un bien que se posee en comunidad, se manifiesta
a través de la posibilidad de solicitar, en cualquier momento,
la división del haber común con el objeto que se
le adjudique la cuota que le corresponde.
2.- Surgimiento de minifundios:
los límites al derecho de propiedad señalados generan
la existencia de minifundios: cada indígena o comunidad,
es propietaria de pequeñas extensiones de terrenos. La
existencia de estos minifundios dificulta la implementación
de mejores tecnologías, ya que no es posible aprovechar
las economías de escala. Lo anterior sólo se logra
mediante asociaciones de propietarios, que en la práctica
tienen malos resultados. En el largo plazo, esto se traduce un
aumento de los costos de producción y en un menor nivel
de eficiencia que redunda en un problema de pobreza mayor.
3.- Disminuye el valor alternativo de esas tierras:
finalmente, la imposibilidad de hacer uso del derecho de propiedad,
es decir, de enajenar u arrendar la propiedad impide que ellas
puedan ser enajenadas y destinadas a usos más productivos,
como el uso forestal.
Cuadro Nº1
TASAS DE CRECIMIENTO INTERCENSALES
(número de hás. trabajadas
en los distintos usos)
| 97/65
| 97/76 |
| Agrícolas | -1,19%
| -1,33% |
| Pecuario | 1,10%
| -1,03% |
| Forestal | 3,06%
| 2,70% |
Fuente: "Análisis del Censo: Uso Económico
del Suelo", Iván Nazif A. Ponencia presentada en Seminario
de Análisis y Discusión del Resultado del Censo
Agropecuario de 1997, 20 abril 1998.
En el cuadro Nº1 se presentan las tasas de crecimiento
intercensales del número de hectáreas trabajadas
en uso agrícola, pecuario y forestal. Tal como se observa
la evolución del número de hectáreas destinadas
a uso agrícola ha sido decreciente, no así, el número
de hectáreas destinadas a uso forestal.
Gráfico Nº1

Esta sustitución se debe a la baja rentabilidad
que registra el sector agrícola. En el gráfico Nº1
se observa la evolución de la participación del
subsector agrícola en el sector agropecuario-silvícola.
Dicha participación ha sido decreciente desde 1986.
Legislación Indígena
y Pobreza
El impacto de la legislación indígena
reflejada en las limitaciones al derecho de propiedad, el surgimiento
de minifundios y el menor valor alternativo de las tierras condena
a las comunidades indígenas a la pobreza.
Es así como en 1988, según datos del
Censo de Reducciones Indígenas2,
la ocupación principal de los hombres era la agricultura
(86%). En 1997, dicho porcentaje había disminuído
levemente a un 75%3. Es
decir, luego de una década, las comunidades indígenas
siguen siendo mayoritariamente agrícolas.
Por otra parte, son los hombres indígenas
quienes están atados a la tierra y quienes tendrán
mayores dificultades para salir de su situación de pobreza.
En efecto, se evidencian altos grados de migración femenina.
En 1982, la relación entre hijos hombres y mujeres era
de 55 a 45, aproximadamente. En 1995, dicha tendencia cambió
a 62 hombres por cada 38 mujeres. Tal diferencia se produce a
partir de los 16 y 18 años, cuando las mujeres mapuches
deciden migrar a las ciudades en búsqueda de trabajo.
Además, los hombres indígenas presentan
mayores niveles de analfabetismo que las mujeres. Es así
como el 79,2% de los jefes de hogar mapuches tiene menos de 4
años de escolaridad. Esta tendencia ha disminuido en los
hombres menores de 39 años, quienes alcanzan niveles de
alfabetismo similares a los de las mujeres (sólo el 56,88%
de ellos ha cursado hasta 4º año básico).
El Estado, por su parte, tampoco ha contribuido a
mejorar esta situación de pobreza, ya que, por ejemplo,
sólo el 10% de las viviendas mapuches posee luz eléctrica.
Los datos anteriores reflejan que, a menos que se
permita hacer uso del derecho de propiedad, no es posible que
los hombres indígenas salgan de su situación de
pobreza, pues la legislación actual los ata a la tierra,
impidiéndoles que ésta puedan ser destinada a otros
usos más rentables.
Legislación Indígena
y
Extremismo de Izquierda
Los efectos que ha provocado la legislación
se han traducido en un desánimo y descontento de la población
indígena. Esta situación ha hecho posible que grupos
comunistas e izquierdistas, financiados incluso con recursos internacionales
e inspirados en una suerte de «internacional indigenista»
que encuentra mucho eco en los países desarrollados y en
organismos internacionales, incentiven y propicien el surgimiento
de tomas de terrenos privados, con el pretexto de entregárselo
a las comunidades indígenas. Esos movimientos son los principales
enemigos del surgimiento de los indígenas y de su integración
a la comunidad nacional, y sus acciones tienden a mantenerlos
en la miseria.
Gráfico Nº2

En Conclusión...
La Ley Indígena, creada supuestamente para
proteger a las comunidades indígenas, representa en la
actualidad un obstáculo para que ellos puedan superar su
situación de pobreza e integrarse a la comunidad nacional.
En efecto, la imposibilidad de vender o arrendar sus terrenos
y así destinarlos a usos más rentables, genera una
situación de mayor pobreza, donde no es posible incorporar
mejor tecnología, obligando a estas comunidades a seguir
destinando sus terrenos a usos mayoritariamente agrícolas.
Paradojalmente, entonces, los movimientos indigenistas se constituyen
en las principales vallas para la superación de los grupos
étnicos.
1 Entre las llamadas 'tierras
indígenas" se encuentran aquellas que históricamente
han ocupado y poseen las comunidades indígenas y aquellas
que el Estado les haya cedido.
2 Véase "Censo Experimental
de Reducciones Indígenas Seleccionadas". Cautín
-Chile, 1988.
3 Véase "Los Mapuches:
Comunidades y Localidades en Chile", INE, 1997.
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